Auto Supremo AS/0349/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2013-RRC

Fecha: 27-Dic-2013

Tal situación motivó a este Tribunal Supremo a emitir criterio sobre la incongruencia omisiva como


Tal situación motivó a este Tribunal Supremo a emitir criterio sobre la incongruencia omisiva como vicio procesal y su inherencia a la vulneración del derecho de acceso a la justicia previsto en el art. 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE), estableciendo, dentro de sus fundamentos, parámetros sobre su concurrencia, a saber: “i) Que la omisión denunciada se encuentre vinculada a aspectos de carácter jurídico y no a temas de hecho o argumentos simples; ii) Que las pretensiones ignoradas se hayan formulado claramente y en el momento procesal oportuno; iii) Que se traten de pretensiones en sentido propio y no de meras alegaciones que apoyan una pretensión; y, iv) Que la Resolución emitida no se haya pronunciado sobre problemáticas de derecho, en sus dos modalidades; la primera que la omisión esté referida a pretensiones jurídicas, y la segunda cuando del conjunto de los razonamientos contenidos en la Resolución judicial puede razonablemente deducirse no sólo que la autoridad jurisdiccional ha valorado la pretensión deducida, sino además los motivos que fundamentan la respuesta tácita”