Auto Supremo AS/0635/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0635/2013

Fecha: 11-Dic-2013

En la Forma

En la Forma:
En apoyo del art. 254 núm. 7) del Código de Procedimiento Civil acusó que en la cláusula segunda de la Escritura Pública Nº 2116/2004 se establece que la señora Silvia Patricia de Ghazarian es la propietario de los lotes B y D, siendo los señores Hinojosa propietarios del lote A y de una lectura cuidadosa se puede evidenciar que no participa de manera personal ni con apoderada la señora Silvia Patricia de Ghazarian por lo que se llega a entender que nunca cedió el monto de venta de la propiedad, es decir que el precio que se pretende ejecutar en la causa es una parte del actor y otra de la señora Silvia Patricia de Ghazarian, en ese entendido se debió incorporar a la causa a la mencionada señora para evitar se vulnere su derecho a la defensa consagrada en la Constitución Política del Estado