Por otro lado, se debe tener en cuenta que el Recurso de Casación pretendido por
Por otro lado, se debe tener en cuenta que el Recurso de Casación pretendido por la Abogada Cecilia La Fuente Baspineiro, en representación de los procesados Eduardo Cruz Acuña y Juana Flores Silvestre, de la revisión de los antecedentes que hacen la causa se tiene que la referida abogada se apersonó al proceso a mérito del Testimonio de Poder Nº 234/2009 de 24 de marzo de 2009 que habría sido otorgado por ante Notario de Fe Pública de Segunda Clase Nº 4 de la ciudad de Yacuiba del Distrito Judicial de Tarija, Dr. Edward Henry Vásquez Villarroel, saliente a fs. 258 y vta., a través del cual los procesados Eduardo Cruz Acuña y Juana Flores Silvestre habrían conferido poder amplio y suficiente a la referida Abogada Cecilia La Fuente Baspineiro a objeto de que se apersone ante las correspondientes autoridades jurisdiccionales a objeto de interponer los recurso ordinarios y extraordinarios dentro del presente proceso y realizar cuanta gestión sea necesaria para dicho fin, mereciendo el pronunciamiento de la providencia de 31 de marzo de 2009 saliente a fs. 261 emitida por los Srs. Vocales de la causa, aceptando su apersonamiento
- Con base a la Acusación Fiscal, previa la sustanciación del juicio oral, el Tribunal de
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- Con referencia a los bienes secuestrados en el presente caso, Motorizado Dineros y Celulares, se
- Que, ante esta Sentencia, Eduardo Cruz Acuña y Juana Flores Silvestre de fs
- Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Cecilia La Fuente Baspineiro en
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los
- Señaló que recurrió de casación porque al momento de interponer su recurso de Apelación Restringida
- Refirió, que en su Recurso de Apelación Restringida señalo que se infringió los arts
- La Sentencia adecua su procedimiento al art
- De la solicitud
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Conforme lo previsto por el art
- Respecto de
- Con relación a
- De lo que se tiene, que el recurso planteado no cumple con las exigencias establecidas
- El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple
- Con relación a la denuncia de supuestos defectos absolutos en que hubiera incurrido el Tribunal
- Por otro lado, se debe tener en cuenta que el Recurso de Casación pretendido por
- Que, es de considerar que la procedencia o improcedencia de un Recurso, o bien llámese
- Que, entre los aspectos a ser analizados para disponer la procedencia del Recurso, se encuentran:
- Que, en el marco del sistema de justicia penal adoptado por el país, se tiene
- Que, de lo expuesto, se evidencia que la abogada recurrente no tiene personería para interponer
- Por lo señalado anteriormente, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
