Auto Supremo AS/0676/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0676/2013

Fecha: 04-Dic-2013

Señaló que recurrió de casación porque al momento de interponer su recurso de Apelación Restringida

Señaló que recurrió de casación porque al momento de interponer su recurso de Apelación Restringida señaló que la Sentencia contenía defectos insertos en el art. 370 num. 1), 4), 5), 6), 8) y 11 del Código de Procedimiento Penal, por lo que debió aplicarse el art. 173 del Código de Procedimiento Penal, aspecto que no fue cumplido por el Tribunal de Alzada por lo que infringió el art. 124 del mismo cuerpo legal, al respecto invoco como precedente obligatorio la Sentencia Constitucional Nº 1523/2004-R de 28 de septiembre, de la cual transcribió su parte pertinente, que se refiere a que las Resoluciones de los jueces y Fiscales deben estar debidamente fundamentadas, mientras que el Auto de Vista Nº 153/09 confirmó la Sentencia, sin velar por el debido proceso, porque solo realiza una relación de hechos y no motiva dicha resolución, por lo que vulneró los arts. 6, 12, 123, 124, 172, 173, 342, 359 y 360 del Código de Procedimiento Penal; al respecto invocó la Sentencia Constitucional Nº 1365/2005-R de 31 de octubre, de la cual transcribió su parte pertinente, que trata de la garantía del debido proceso con relación a la debida fundamentación de las Resoluciones