Auto Supremo AS/0703/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0703/2013

Fecha: 02-Dic-2013

Bajo ese marco legal, en la especie se advierte que la entidad demandada, a tiempo

Bajo ese marco legal, en la especie se advierte que la entidad demandada, a tiempo de interponer su recurso de apelación (fs.121 a 122 vlta.) adjuntó literales que posteriormente reclamó como pruebas que no fueron consideradas por el Tribunal ad quem, inobservando el procedimiento que hace a la materia, toda vez que concluida la Primera Instancia del proceso, situación expresamente reconocida por la parte demandada al interponer su apelación y sujetarse a la competencia emanada por ley del Juzgador de Segunda Instancia, debió observar el procedimiento señalado por ley, ante su pretensión de que se efectúe la compulsa de mayores probanzas de descargo, no pudiendo pretender subsanar su yerro, aduciendo errónea apreciación de las pruebas, cuando fue la propia institución recurrente, la que no cumplió el procedimiento correcto