Apelada la Sentencia por la parte demandada y por la actora (fs
Apelada la Sentencia por la parte demandada y por la actora (fs. 243-247 y 249-250), la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, emitió el Auto de Vista Nº 23/2013 de 31 de julio de 2013 (fs. 261-264), confirmando la Sentencia Nº 04/2013 de 18 de marzo de 2013, sin costas por ser excusable
- Expediente: 415/2013-S
- Magistrada Relatora: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, ante la excusa del Juez Primero del Trabajo
- Apelada la Sentencia por la parte demandada y por la actora (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Asimismo, señaló que los artículos 120 de la Ley General del Trabajo y 163 de
- Concluyó solicitando, que la Sala Social y Administrativa del Excelentísimo Tribunal Supremo de Justicia, dicte
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su
- A tal efecto, inicialmente es importante señalar que la prescripción, según el tratadista Guillermo Cabanellas,
- Sobre el particular el artículo 120 de la Ley General del Trabajo, prevé: “Las acciones
- Para un mejor entendimiento, es necesario aclarar que sólo en caso de que el cómputo
- Además, es preciso enfatizar que si bien el artículo 123 de la constitución Política del
- Conforme al análisis efectuado, se establece que al no haberse operado la prescripción impetrada por
- No se regula honorario profesional de Abogado por no haber respondido la actora al recurso
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
