Auto Supremo AS/0739/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0739/2013

Fecha: 11-Dic-2013

CONSIDERANDO V: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde

En el caso de la procesada Daniela Graciela Toledo Vásquez, luego de hacer una relación de los antecedentes de la causa alegó que el tribunal de apelación habría incurrido en los mismos defectos de la sentencia pronunciada por el tribunal de la causa, razón por la que solicito a este Supremo Tribunal se le otorgue tutela efectiva disponiendo la nulidad del Auto de Vista impugnado cuando los tribunales de apelación y casación tendrían la obligación de revisar aún de oficio los defectos del proceso, para cuyo efecto reiteró en los mismo términos los motivos y fundamentos en los que fundó su recurso de apelación restringida.
CONSIDERANDO V: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde una perspectiva amplia, señala ORTELLS RAMOS, el medio de impugnación se define como el instrumento legal puesto a disposición de las partes, destinado a atacar una resolución judicial para provocar su reforma, su anulación o bien su nulidad. Así, el principio de legalidad exige tanto resoluciones ajustadas a la Ley como materialmente justas, lo cual además se engarza en el derecho fundamental a la tutela jurisdiccional: la resolución judicial debe ser fundada y guardar armonía con la Ley y los valores que inspiran el ordenamiento jurídico. Precisamente para garantizar esta sumisión de la decisión judicial a la ley y a la justicia existen los medios de impugnación, con los cuales se configura una verdadera actividad depuradora como garantía o derecho de los justiciables