Auto Supremo AS/0776/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0776/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Al respecto, revisados los antecedentes procesales, se observa por un lado que, la Administración Tributaria,

Al respecto, revisados los antecedentes procesales, se observa por un lado que, la Administración Tributaria, mediante Resolución Administrativa GDGC/DTJC/DRE/RA/Nº/01/2006 de 26 de junio de 2006 cursante a fs. 2 a 8 del anexo Nº 4, resolvió autorizar el plan de pagos a favor de la empresa demandante, por el monto adeudado de UFV´s. 24.992.840.- (Veinticuatro millones novecientos noventa y dos mil ochocientos cuarenta 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda) de conformidad al artículo 26 de la Ley de Reestructuración, concordante con el parágrafo I del artículo 54 del Decreto Supremo Nº 27384, y el artículo único del Decreto Supremo Nº 28577 y el Acuerdo de Transacción y el Adendum al mismo, suscrito por el contribuyente Grupo Industrial de Bebidas S.A., y la Junta de Acreedores, con fecha de corte al 31 de marzo de 2005 - conforme al punto 1.2.5 del Acuerdo Transaccional referido en dicha Resolución Administrativa – la deuda establecida en dicha Resolución Administrativa, refiere exclusivamente a deudas por periodos y gestiones hasta antes del 31 de marzo de 2005