Auto Supremo AS/0778/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0778/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Bono de antigüedad

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, CASA PARCIALMENTE el Auto de Vista Nº 078/2013 de fecha 3 de abril de 2013 cursante a fs. 135 a 137 vta., y deliberando en el fondo dispone la modificación del tiempo de servicio prestado por la actora a 7 años, 3 meses y 3 días, debiéndose efectuar el pago por los conceptos de indemnización, aguinaldo, vacación, salario devengado y bono de antigüedad conforme a la siguiente liquidación:
Tiempo de Servicios: 7 años, 3 meses y 3 días
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 647.-
CONCEPTOS DISPUESTOS PARA SU PAGO
Monto a pagar en Bolivianos
Indemnización:
4.696,14.-
Aguinaldo por duodécimas (Doble por su incumplimiento)
287,55.-
Vacaciones: (20 días)
431,33.-
Salario devengado: (20 días)
431,33.-
Bono de antigüedad:
Desde el 20 de marzo de 2007 hasta el 30 de abril de 2007
Desde el 1 de mayo de 2007 hasta el 4 de marzo de 2008
Desde el 5 de marzo de 2008 hasta el 18 de febrero de 2009
Desde el 19 de febrero de 2009 hasta el 20 de marzo de 2009

120.-
954,45.-
1.188,49.-
81,52.-
Total a cancelar
8.190.81.-
A la suma anteriormente señalada, deberá agregarse en ejecución de fallos, la actualización dispuesta en la Sentencia