Auto Supremo AS/0778/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0778/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Dicho fallo motivó el recurso de nulidad de casación de fs

Dicho fallo motivó el recurso de nulidad de casación de fs. 141 a 143 (sic), interpuesto por Jorge Bernardo Andrade Peñaloza, propietario del “Centro del Accidentado”, denunciando que la Sentencia de fs. 116 a 120 señaló que el tiempo de trabajo de la actora, señalado en la demanda, no ha sido desvirtuado, por la existencia del certificado de trabajo de fs. 3, extremo ratificado en el Auto de Vista, en el que se le da absoluto valor, no obstante que se trata de un documento otorgado el año 2001, que al margen de haber sido otorgado de favor, de ningún modo puede inferir la relación laboral ininterrumpida como consta en los actuados, señalando que la confesión provocada de fs. 26 conllevaría al convencimiento de que la relación laboral, no fue ininterrumpida y tuvo altibajos en su continuidad, retornando en enero de 2004 aspecto que concuerda en tiempos y hechos con la espontánea y voluntaria declaración, extremo que altera absolutamente todo el computo de plazos y derechos que corresponden a la demandante, ingresando en las causales de nulidad previstas en el artículo 253. 3) del Código de Procedimiento Civil, evidenciándose la errónea valoración de hecho y de derecho de la prueba producida en la causa