Auto Supremo AS/0778/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0778/2013

Fecha: 24-Dic-2013

CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 778
Sucre, 24/12/2013
Expediente: 453/2013-S
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de nulidad de casación de fs. 141 a 143 interpuesto por Jorge Bernardo Andrade Peñaloza, propietario del “Centro del Accidentado”, contra el Auto de Vista Nº 078/2013 de 03 de abril de 2013 cursante a fs. 135 a 137 vta., emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral seguido por Zenobia Vela Yanarico, contra la institución demandada; la respuesta de fs. 145 a 146; el Auto de fs. 147 que concedió el recurso; los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, en fecha 29 de diciembre de 2009, pronunció la Sentencia de fs. 116 a 120, declarando probada en parte la demanda de fs. 4 a 5, disponiendo que la entidad demandada, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia y bajo alternativa de ley, cancele a favor de la demandante la suma de Bs. 9.808,31.- (Nueve mil ochocientos ocho 31/100 Bolivianos) por los conceptos de indemnización, aguinaldo por duodécimas de 2 meses y 20 días doble por su incumplimiento, vacaciones de 20 días, salario devengado de 20 días y bono de antigüedad, más los reajustes previstos por el Decreto Supremo Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992, por el retraso en el pago de sus beneficios sociales