Auto Supremo AS/0778/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0778/2013

Fecha: 24-Dic-2013

En el marco de lo precedentemente expuesto, es necesario mencionar que la vulneración alegada por

En el marco de lo precedentemente expuesto, es necesario mencionar que la vulneración alegada por la parte recurrente no fue oportunamente impugnada, de donde resulta inadmisible que en la vía del recurso de casación o nulidad, se pretenda regresar a momentos procesales ya extinguidos y consumados, en franca vulneración al referido principio de preclusión