Auto Supremo AS/0788/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0788/2013

Fecha: 24-Dic-2013

CONSIDERANDO II: Que antes de considerar los fundamentos del recurso de casación, el Tribunal Supremo

CONSIDERANDO II: Que antes de considerar los fundamentos del recurso de casación, el Tribunal Supremo de Justicia, tiene la obligación de examinar los procesos que llegan a su conocimiento a fin de establecer si los jueces y los tribunales inferiores, observaron las leyes y plazos que norman la tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes, conforme establece el artículo 17 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010 y si correspondiere, disponer la nulidad de obrados de oficio, según lo prevé el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil