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    Auto Supremo AS/0788/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0788/2013

    Fecha: 24-Dic-2013

    Dra. Norka N. Mercado Guzmán

    Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    • Expediente: 164/2013-A
    • En grado de apelación, formulada por la representante legal de le Empresa Minera Manquiri S
    • Dicho fallo, motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto
    • CONSIDERANDO II: Que antes de considerar los fundamentos del recurso de casación, el Tribunal Supremo
    • En este entendido, el artículo 190 del Adjetivo Civil dispone que: “La sentencia pondrá fin
    • Ahora bien, haciendo un análisis minucioso de los fallos dictados por los Órganos Jurisdiccionales de
    • En el caso presente, corresponde puntualizar que el proceso contencioso tributario, se entiende como conjunto
    • Por lo precedentemente expuesto, dicha prueba, no debió ser ignorada o dejar de ser valorada
    • Debiendo además puntualizarse que la prueba en su sentido procesal se constituye en un medio
    • En conclusión, se advierte que los de instancia no cumplieron con las previsiones contenidas en
    • Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas
    • No siendo excusable el error, se impone multa de Bs
    • Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el artículo 17
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
    • Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    • Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
    • Secretaria de Sala Social y Administrativa

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