En el caso específico de la valoración de la prueba, se tiene que los Tribunales
En el caso específico de la valoración de la prueba, se tiene que los Tribunales de instancia, apreciaron los medios probatorios, dentro de los marcos y reglas de la sana crítica, entendiéndose por ésta como una categoría intermedia que no tiene rigidez de la prueba legal ni la excesiva liberalidad de la conciencia, con la facultad incensurable que les confiere precisamente las normas acusadas de infringidas, vale decir, los artículos 1286 y 476 del Código Civil y de su Procedimiento respectivamente, por lo que se concluye que la prueba aportada a obrados ha sido valorada en su conjunto, sin que los Tribunales de instancia hubieran infringido o vulnerado ninguna norma legal, resultando infundadas las infracciones y vulneraciones acusadas, correspondiendo a este Tribunal la aplicación de los artículos 271 numeral 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil
- Proceso: Usucapion Decenal
- Partes: Valentín Escurra Flores c/ Lourdes Teresa Villarroel Molina
- CONSIDERANDO I: Que, el Juez de Partido 4º en lo Civil y Comercial de la
- Contra la referida sentencia la demandada plantea recurso de apelación radicada en la Sala Civil
- Contra el Auto de Vista, la demandada interpone recurso de casación en el fondo y
- Alega también, la existencia de violación a la ley, porque no establecen la diferencia de
- En cuanto su recurso de casación en la forma, denuncia que no se realizó debidamente
- Termina su recurso indicando que, estando explanada la norma legal sustantiva infringida, así como los
- CONSIDERANDO II.- En cuanto a su recurso de casación en el fondo
- Que, a decir del artículo 110 del Código Civil, uno de los modos de adquirir
- Entonces tenemos, que la usucapión como medio derivativo de adquirir el dominio o derecho de
- En el sub lite se ha demostrado que el demandante ha estado en posesión, por
- Que, en cuanto a la valoración de los medios probatorios, debemos anotar que conforme las
- En el caso específico de la valoración de la prueba, se tiene que los Tribunales
- En cuanto a su recurso de casación en la forma, debemos indicar que el Código
- En virtud a esta diferenciación de la acción extraordinaria en análisis, la resolución que se
- En efecto, revisando detalladamente el recurso de casación en la forma, se evidencia que este
- POR TANTO
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 16/2013
