Auto Supremo AS/0016/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0016/2013

Fecha: 22-Feb-2013

Que, a decir del artículo 110 del Código Civil, uno de los modos de adquirir

Que, a decir del artículo 110 del Código Civil, uno de los modos de adquirir la propiedad es a través de la usucapión o prescripción adquisitiva, vale decir, el modo de adquirir la propiedad de una cosa por su posesión durante el tiempo previsto por ley. Si de la usucapión decenal o extraordinaria se trata, nuestra normativa jurídica únicamente exige la posesión continuada por 10 años. La Posesión, conforme previene el artículo 87 del Código Civil debe entenderse como el "poder de hecho ejercido sobre una cosa mediante actos que denotan la intención de tener sobre ella el derecho de propiedad u otro derecho real". De ahí que los actos de tolerancia previstos en el artículo 90 del igual cuerpo sustantivo "no pueden servir de fundamento para adquirir la posesión"