Que la recurrente formuló recurso de casación alegando lo siguiente
CONSIDERANDO II: (Motivos del recurso de casación)
Que la recurrente formuló recurso de casación alegando lo siguiente:
a) Que la Sentencia tiene aseveraciones subjetivas, toda vez, que en ningún momento del desarrollo del juicio oral se llegó a demostrar que fue su persona quien procedió al tapiado del ingreso al domicilio, y al no existir sustento legal, prácticamente se habría vulnerado principios de carácter objetivo de las pruebas; por otra parte manifiesta que en la querella se advierte una serie de contradicciones, también hace referencia a declaraciones de los testigos de cargo, señalando que estas llegan a contradecirse y que no son uniformes en relación a los hechos sucedidos el 20 de agosto de 2009, donde su persona no tuvo participación en los actos, pero sin embargo se la condena por un hecho que jamás llego a cometer
Que la recurrente formuló recurso de casación alegando lo siguiente:
a) Que la Sentencia tiene aseveraciones subjetivas, toda vez, que en ningún momento del desarrollo del juicio oral se llegó a demostrar que fue su persona quien procedió al tapiado del ingreso al domicilio, y al no existir sustento legal, prácticamente se habría vulnerado principios de carácter objetivo de las pruebas; por otra parte manifiesta que en la querella se advierte una serie de contradicciones, también hace referencia a declaraciones de los testigos de cargo, señalando que estas llegan a contradecirse y que no son uniformes en relación a los hechos sucedidos el 20 de agosto de 2009, donde su persona no tuvo participación en los actos, pero sin embargo se la condena por un hecho que jamás llego a cometer
- PARTES PROCESALES: Ministerio Público, Dina Emerita Torrez de Jiménez contra Josefina Condori de Chávez
- DELITO: allanamiento de domicilio o sus dependencias, daño calificado
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Josefina Condori de Chavez (fs
- Concluido el juicio oral, público y contradictorio el Tribunal Cuarto de Sentencia de la ciudad
- Sentencia contra la cual la procesada Josefina Condori de Chavez interpuso recurso de apelación restringida
- En mérito al Auto Supremo emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de
- Que la recurrente formuló recurso de casación alegando lo siguiente
- Concluye pidiendo que se case el Auto de Vista impugnado y se disponga la nulidad
- b) Que el Auto de Vista confirmó la Sentencia por el ilícito de daño calificado
- c) Que el recurso de apelación no mereció ni siquiera la compulsa de los hechos,
- Que analizado el recurso de casación interpuesto, se llega a establecer las siguientes conclusiones
- Asimismo, a fin de analizar el cumplimiento de los demás requisitos exigidos por los artículos
- En ese marco, examinado el recurso de casación se evidencia que
- Asimismo es preciso referir que las alegaciones del recurrente son genéricas y meramente subjetivas, desprovistas
- De lo señalado se tiene que si bien el recurso de casación fue interpuesto dentro
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia, del Estado Plurinacional de
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
