Sentencia contra la cual la procesada Josefina Condori de Chavez interpuso recurso de apelación restringida
Sentencia contra la cual la procesada Josefina Condori de Chavez interpuso recurso de apelación restringida (fs. 205 a 214); recurso que fue resuelto por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz por Auto de Vista Nro. 76/2011 de 14 de diciembre de 2011, declarando inadmisible el recurso de apelación restringida, Auto de Vista que fue recurrido de casación por Josefina Condori (fs. 304 a 306), y resuelto mediante Auto Supremo Nro. 85/2012 de 4 de mayo de 2012 por la Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en el que se deja sin efecto el Auto de Vista impugnado y se dispuso que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, dicte nueva resolución de acuerdo a la doctrina legal establecida
- PARTES PROCESALES: Ministerio Público, Dina Emerita Torrez de Jiménez contra Josefina Condori de Chávez
- DELITO: allanamiento de domicilio o sus dependencias, daño calificado
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Josefina Condori de Chavez (fs
- Concluido el juicio oral, público y contradictorio el Tribunal Cuarto de Sentencia de la ciudad
- Sentencia contra la cual la procesada Josefina Condori de Chavez interpuso recurso de apelación restringida
- En mérito al Auto Supremo emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de
- Que la recurrente formuló recurso de casación alegando lo siguiente
- Concluye pidiendo que se case el Auto de Vista impugnado y se disponga la nulidad
- b) Que el Auto de Vista confirmó la Sentencia por el ilícito de daño calificado
- c) Que el recurso de apelación no mereció ni siquiera la compulsa de los hechos,
- Que analizado el recurso de casación interpuesto, se llega a establecer las siguientes conclusiones
- Asimismo, a fin de analizar el cumplimiento de los demás requisitos exigidos por los artículos
- En ese marco, examinado el recurso de casación se evidencia que
- Asimismo es preciso referir que las alegaciones del recurrente son genéricas y meramente subjetivas, desprovistas
- De lo señalado se tiene que si bien el recurso de casación fue interpuesto dentro
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia, del Estado Plurinacional de
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
