Auto Supremo AS/0031/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0031/2013-RRC

Fecha: 14-Feb-2013

impugnado con los precedentes invocados, por lo que el presente recurso deviene en infundado

Por otro lado, debe comprenderse que el término utilizado "serían", tiene que valorarse en la lectura íntegra de la Sentencia y no sustrayendo partes de su contenido como procede la recurrente; es decir, fuera de contexto, más cuando dicha autoridad previa valoración de las pruebas, concluyó que concurrían los requisitos exigidos para la aplicación del procedimiento abreviado como son: la existencia del hecho, la participación directa del imputado, la admisión de la culpabilidad expresada por la misma en audiencia, la renuncia a juicio ordinario en forma libre y voluntaria; razón por la cual, el Juez Instructor dictó la Sentencia condenatoria en contra de la imputada, quien en todo caso ostenta legitimación para denunciar una posible vulneración a los principios de presunción de inocencia e "in dubio pro reo" (en caso de duda debe estarse a lo que sea más favorable al imputado).
Del análisis efectuado, este Tribunal concluye respecto al motivo del recurso admitido para su análisis de fondo, que el Tribunal de alzada no incurrió en incongruencia omisiva, menos vulneró los derechos de la recurrente, porque dio respuesta fundada al agravio que alegó en su recurso de apelación restringida; en consecuencia, se establece que no existe contradicción entre el Auto de Vista
impugnado con los precedentes invocados, por lo que el presente recurso deviene en infundado