Auto Supremo AS/0052/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0052/2013

Fecha: 22-Feb-2013

Asimismo, señalaron la trasgresión del art

Asimismo, señalaron la trasgresión del art. 255 del Código Civil toda vez que la actora habría fundado su demanda en el dicha norma y no así en el art. 265 del mismo cuerpo legal que regula la cesación de la servidumbre, sin embargo la parte demandada no consideró que en virtud al principio procesal de Iura novit curia, según el cual el Juez conoce el derecho aplicable a cada caso y por tanto, sirve para que las partes se limiten a probar los hechos y no los fundamentos de derecho aplicables. Si bien es cierto que el Juez debe someterse a lo probado por las partes, en cuanto a los hechos, pero puede en base a este principio aplicar un derecho distinto del invocado por las partes a la hora de argumentar su pretensión