Auto Supremo AS/0051/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0051/2013-RRC

Fecha: 01-Mar-2013

que agrava la sanción del delito de Contrabando de cinco a diez años, omitiendo hacer

Es decir, el análisis efectuado por el Tribunal de apelación que derivó en las dos respuestas identificadas precedentemente, demuestran que omitió dar respuesta al planteamiento del recurrente, ya que no efectuó una explicación clara, expresa, completa, legítima y lógica en relación a la esencia de su reclamo con relación a la Ley 100 de 4 de abril de 2010; es decir, explicar si la modificación de las UFV´s de 10.000 a 50.000 para la configuración del delito de Contrabando, es o no aplicable a la conducta del recurrente, considerando las dimensiones de irretroactividad, retroactividad y ultractividad que hacen al principio de legalidad; toda vez que pese a que el Tribunal de alzada hace mención a las Leyes 037 y 100, simplemente se refirió a la primera ley, señalando que esta no podía aplicarse en razón a
que agrava la sanción del delito de Contrabando de cinco a diez años, omitiendo hacer el análisis de la segunda ley