Auto Supremo AS/0063/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0063/2013-RRC

Fecha: 11-Mar-2013

Efectuada esta precisión, se tiene en el caso presente, que el Auto de Vista impugnado

Efectuada esta precisión, se tiene en el caso presente, que el Auto de Vista impugnado no contraviene la doctrina legal establecida en los precedentes invocados, porque el Tribunal de alzada, no declaró inadmisible el recurso de apelación restringida; contrariamente luego de realizar el análisis de su contenido, admitió expresamente el recurso y previa identificación de los motivos alegados por la imputada, procedió al examen y consideración de fondo de cada uno de ellos, para finalmente declarar su improcedencia; en consecuencia, es necesario precisar que estando admitido el recurso de apelación restringida y resuelto en el fondo, es impertinente pretender obligar al Ad quem, la aplicación de lo dispuesto por el art. 399 del CPP