Auto Supremo AS/0063/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0063/2013-RRC

Fecha: 11-Mar-2013

El Auto de Vista de 6 de abril de 2010 (fs

El Auto de Vista de 6 de abril de 2010 (fs. 178 a 181), a efectos de admitir el recurso de apelación restringida, expuso el siguiente fundamento: "con relación a las condiciones de forma, se observa que si bien el memorial del recurso no expresa de forma concreta las normas que se consideran violadas o erróneamente aplicadas en la sentencia recurrida y tampoco se expresa la aplicación que de ellas se pretende, que conforme al art. 408 del CPP constituyen requisitos que habilitan la apelación restringida, sin embargo, teniendo en cuenta que el recurso contiene fundamentos que pueden interpretarse a la luz de los casos de procedencia de la apelación restringida y sobre los cuales este Tribunal puede pronunciarse en el ámbito de competencia previsto por el art. 398 del CPP; en observancia del principio pro actione que conforme a la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional 'tiende a garantizar a toda persona al acceso a los recursos y medios impugnativos, desechando todo rigorismo o formalismo excesivo, que impida obtener un pronunciamiento judicial sobre las pretensiones o agravios invocados' (SC Nº 1111/2004-R de 14 de julio), no obstante las deficiencias anotadas y teniendo en cuenta que la apelación fue presentada en término legal, se admite el recurso y se pasa a la consideración de las cuestiones planteadas"(sic). Y previa consideración y análisis de los motivos, declaró IMPROCEDENTE el recurso de apelación restringida, confirmando la Sentencia recurrida