Auto Supremo AS/0067/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0067/2013-RRC

Fecha: 11-Mar-2013

demás elementos de prueba que pasaron a formar parte de la comunidad de la prueba,

También se toma en cuenta que la esencia de la denuncia y posterior enjuiciamiento de la recurrente Gumercinda del Villar Condori, radicó en el hecho de que hubiese proferido palabras que ofendieron el honor y dignidad del querellante, quien ofreció y judicializó como prueba documental, la declaración de la imputada brindada en la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen, dentro de la denuncia de Augusto Fernando Vertiz Blanco Fernández contra Jorge Alejandro Vertiz Blanco -ahora querellante-; circunstancia que fue ratificada mediante la judicialización de todos los
demás elementos de prueba que pasaron a formar parte de la comunidad de la prueba, que permitió que la juzgadora tenga como hecho probado que ante la denuncia de Augusto Fernando Vertiz en contra del ahora querellante por delito de Estafa y otros, la acusada fue presionada a prestar su declaración testifical de cargo y ciertamente ratificó que emitió dichas palabras en ese contexto; es decir, que quedó demostrado plenamente la existencia de la declaración informativa de la acusada ahora recurrente, traducida en la prueba "PDC1"; empero, para la juzgadora no generó convicción sobre su responsabilidad penal y en consecuencia el hecho no constituyó delito; conforme la Juez de Sentencia lo reflejara en el decisum de la Sentencia