Auto Supremo AS/0067/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0067/2013-RRC

Fecha: 11-Mar-2013

Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La

Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió no dar curso a los dos primeros agravios al no existir infracción a la normativa adjetiva penal; sin embargo, respecto a los motivos de la apelación relativos a la inobservancia del art. 370 incs. 4) y 6) del CPP, estableció que en el juicio oral se judicializaron como pruebas de descargo las signadas como "PD2" y "PD3", referidas a antecedentes penales y policiales de la imputada, así como el registro de la proposición extraordinaria que fue negado. Asimismo, argumentó que la prueba anticipada consistente en la declaración testifical de Augusto Fernando Vertiz Blanco Fernández, debió de ser incorporada a juicio con las reglas para la producción y judicialización; sin embargo, esta prueba fue valorizada en la Sentencia 002/2012, que constituye en afectación al debido proceso y a la tutela judicial efectiva infringiendo el art. 359 del CPP, con cuya prueba realizó afirmaciones de hecho en la Sentencia; consecuentemente, se declaró admisible y procedente la apelación interpuesta por el querellante