Auto Supremo AS/0085/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0085/2013-RRC

Fecha: 28-Mar-2013

En consecuencia, será posible adecuar una conducta al delito de Abuso Deshonesto, cuando provisionalmente estaba

En consecuencia, será posible adecuar una conducta al delito de Abuso Deshonesto, cuando provisionalmente estaba calificada como Violación o viceversa, al tratarse de tipos penales que protegen el mismo bien jurídico, cual es la libertad sexual de las personas, lo que descarta cualquier quebrantamiento al derecho a la defensa, pues el imputado tiene la oportunidad de prever mecanismos de defensa que podrán rebatir, en su caso, los hechos contra la libertad sexual que en esencia le endilgan. Por tanto es plenamente legal, realizar la subsunción del hecho en el tipo penal que se considera pertinente, aún sea distinto del acusado, siempre que se trate de delitos relativos al mismo bien jurídico, correspondiendo la facultad privativa para establecer la adecuación legal que corresponde al hecho delictivo acreditado como probado, al Juez o Tribunal de Sentencia, y en su caso al propio Tribunal de Apelación conforme la jurisprudencia glosada precedentemente