Auto Supremo AS/0103/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2013-RA

Fecha: 17-Abr-2013

II.2. Freddy Puente Camacho

II.1.2. Agregan que, el Tribunal de apelación buscó sostener la supuesta errónea valoración de la prueba por parte del Tribunal de Sentencia,
aludiendo que vulneró las reglas de la sana crítica, invocando la doctrina legal establecida en el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, referido a los requisitos para cuestionar la valoración de la prueba y la sana crítica, extrañando de su parte, que el Tribunal de apelación no demostró de qué manera, las reglas de la sana crítica habrían sido aplicadas incorrectamente en la Sentencia, y que el Tribunal de apelación invocó el Auto Supremo 123 de 20 de abril de 2011, como doctrina legal, cuando el mismo no se refiere a la seguridad jurídica o debido proceso, razón por la que solicitó dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado.
II.1.3. Además, señalan que el Auto de Vista sostuvo que existió
vulneración del derecho al debido proceso por la exclusión por parte del Tribunal de Sentencia de las pruebas signadas como "A-132 y "A-14" propuestas por el Ministerio Público, porque a criterio del Tribunal de Sentencia, las mismas no cumplieron con las formalidades previstas en el procedimiento penal, decisión que cuestionan porque considera que la decisión se justificaba porque estaba en entredicho la autenticidad de su contenido, por lo que fueron objetadas y excluidas; al respecto, los recurrentes transcriben el Auto Supremo 272 de 4 de mayo de 2009 y señalan que la exclusión de dichas pruebas se ajustó a las disposiciones legales y a la doctrina legal citada.
II.2. Freddy Puente Camacho