Auto Supremo AS/0174/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0174/2013

Fecha: 22-Abr-2013

2. Recurso de casación

2. Recurso de casación:
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo que se analiza, interpuesto por la empresa demandada, que acusó no haberse tomado en cuenta por el Tribunal de Alzada la prueba de descargo cursante a fs. 21 de obrados por la cual se demostraría que la demandante recién presentó el formulario de solvencia en fecha 5 de mayo de 2009, con el que se acreditaría que recién efectuó la entrega de todos los activos a su cargo, razón por la cual el atraso en el pago de los beneficios señaló que es imputable a la ex trabajadora y no así al empleador; en ese sentido citó como jurisprudencia el AS Nº 111 de 6 de abril de 1988. Al respecto también señaló que dicho mecanismo interno es ineludible porque si se diera el caso de no entregar un activo, se estaría causando un grave daño irreparable a YPFB por que el nuevo funcionario que ingresa en su reemplazo no tendría los medios para cumplir su trabajo