Considerando el marco jurídico expuesto, de los antecedentes del proceso se advierte que la actora
Considerando el marco jurídico expuesto, de los antecedentes del proceso se advierte que la actora fue desvinculada laboralmente el 27 de marzo de 2009 (fs. 2 y 25), teniendo como plazo para el pago de los beneficios y derechos laborales correspondientes hasta el 11 de abril de 2009; sin embargo la cancelación de los mismos fue hecho efectivo el 12 de mayo de 2009, conforme se tiene del mismo finiquito de fs. 25 de obrados, es decir con 31 días de atraso, situación que no fue negada por la entidad demandada desde su respuesta a la demanda y los recursos interpuestos, alegando por ello situaciones de fuerza mayor y causales que serían atribuibles a la propia trabajadora para el incumplimiento de tal mandato
- 1. Antecedentes con relevancia jurídica
- En apelación deducida por la empresa demandada (fs
- 2. Recurso de casación
- De otra parte manifestó que han existido causas de fuerza mayor que impidieron cumplir con
- Concluyó solicitando se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo se
- Que del análisis y examen exhaustivo de las piezas cursantes en el proceso, las infracciones
- Precisada de esa manera la controversia traída a este máximo Tribunal de Justicia, se hace
- Así, en los procedimientos laborales debe buscarse la protección y tutela de los derechos de
- En ese sentido, el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo
- Considerando el marco jurídico expuesto, de los antecedentes del proceso se advierte que la actora
- Conforme lo expuesto, la justificación hecha por la entidad demandada, en sentido que la trabajadora
- Por lo expuesto, no resultan evidentes las denuncias
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
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