Auto Supremo AS/0179/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0179/2013

Fecha: 11-Abr-2013

Que, la garantía del fuero sindical de la que gozan los trabajadores por su condición


Que, la garantía del fuero sindical de la que gozan los trabajadores por su condición representativa gremial tiene una finalidad de estabilidad laboral y sobre todo para que no se modifiquen las condiciones del contrato con motivo de su actividad, tendiendo sobretodo a resguardar el libre derecho de agremiación. La estabilidad laboral ciertamente otorga el derecho al afectado a demandar judicialmente la reincorporación a su fuente de trabajo, el restablecimiento de sus condiciones laborales y los salarios no percibidos durante la vigencia del mandato, inclusive tres meses después de finalizadas sus funciones sindicales, salvo que hubiere un proceso previo de desafuero, así se encuentra legislado en el artículo 159 de la Constitución Política del Estado (1967), concordante con el artículo 51 del texto Constitucional vigente; en el Decreto Ley Nº 38 de 7 de febrero de 1944 elevado a rango de Ley No. 3352 de 21 de febrero de 2006, el convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo ratificado mediante Ley 194 de 28 de noviembre de 1962, en la Resolución Ministerial Nº 119/88 de 31 de mayo de 1988 y el cumplimiento de los artículos 99 de la Ley General del Trabajo y artículo 242 del Código Procesal del Trabajo