Ahora bien revisados los antecedentes adjuntados durante la tramitación del proceso, se evidencia que el
Ahora bien revisados los antecedentes adjuntados durante la tramitación del proceso, se evidencia que el actor mediante el informe de auditoría BLA/GAI/110/2009 cursante a fs. 173-181, el cual concluyó que no existiría daño económico en contra de la entidad y/o clientes, que se incumplió con el Reglamento Interno de Personal en sus artículos 103. n) y 104. 6) como también el Código de Conducta, fue sujeto a un proceso administrativo interno que resolvió aprobar el despido sin goce de beneficios sociales del funcionario Omar Padilla Medina de la Agencia de Montero de la Regional Santa Cruz, por estar su conducta tipificada en el numeral 10) punto e) del artículo 104, inciso p) del artículo 58 del Reglamento Interno de Personal del Banco Los Andes Procredit S.A.; así mismo, por haber vulnerado los principios generales del Código de Conducta, artículo 16 de la Ley General del Trabajo en su inciso e) así como el artículo 9 del Decreto Reglamentario en su inciso e), al haber recibido dineros de la cliente Carmen Miranda Gutiérrez y haber firmado por cuenta de ella, cuando el Manual de Recibos de Cobranza en Campo especifica el procedimiento a seguir para los casos de cobranza de créditos en mora
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por la entidad demandada (fs
- Dicha Resolución motivó que la entidad demandada formule recurso de casación en el fondo y
- Acusó también que no se consideró el informe de auditoría, donde se establece que dicho
- Manifestó también que el Tribunal de Alzada no admite como prueba el Sumario Administrativo Interno
- En la forma refirió que el Tribunal de Alzada no se pronunció sobre la excepción
- Finalmente solicitó al Tribunal Supremo de Justicia casar el Auto de Vista de fecha 26
- CONSIDERANDO II: Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación, corresponde
- Resolviendo en el fondo, debe tomarse en cuenta que conforme el artículo 180
- Ahora bien revisados los antecedentes adjuntados durante la tramitación del proceso, se evidencia que el
- Correspondiendo precisar que el Reglamento Interno del Banco Los Andes Procredit S
- Y si bien es cierto, que las Comisiones Mixtas cuentan con un inevitable margen de
- Respecto a que no se habría considerado el informe de auditoría como el sumario administrativo
- Además de lo señalado, se debe recordar también que en materia laboral rigen varios principios
- Consecuentemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación a los
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
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