Auto Supremo AS/0203/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0203/2013

Fecha: 26-Abr-2013

Consecuentemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación a los

Consecuentemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación a los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, por mandato de la norma remisiva contenida en el artículo 252 del Código Procesal del Trabajo