Auto Supremo AS/0204/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0204/2013

Fecha: 26-Abr-2013

En el fondo

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y la forma de fs. 454-456, interpuesto por Telmo Félix Mamani Alba como Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla, fundamentando:
En el fondo:
Reclamó el incumplimiento de los artículos 117. b) del Código Procesal del Trabajo, 50, 327.3), 4), 9) del Código de Procedimiento Civil en razón de que en el petitorio de la demanda interpuesta por los ex trabajadores no se indicó contra que persona iba dirigida la misma, tampoco se observó que el poder adjunto a la demanda era insuficiente para ser admitida conforme establecen los artículos 22, 23 y siguientes de la Ley del Notariado; en ese mismo análisis refirió que la demanda se dirigió al Gobierno Municipal de Achocalla y/o Alcaldía de Achocalla, sin embargo en las carátulas de los cuerpos 1, 2 y 3 del presente caso se consignó como Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla, pero sin embargo en varias providencias, notificaciones y memoriales cursantes en el proceso se consignó como Gobierno Municipal de Achocalla, siendo lo correcto referirse como Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla, hechos que ameritan la nulidad de obrados o casar el Auto de Vista recurrido