Auto Supremo AS/0143/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0143/2013-RA

Fecha: 28-May-2013

Señala también, que sobre este punto, el Auto de Vista hace referencia a diferentes argumentos

Señala también, que sobre este punto, el Auto de Vista hace referencia a diferentes argumentos que más parecen sofismos, como decir que tuvo la oportunidad de defenderse en juicio, que ha opuesto incidente de actividad procesal defectuosa, excepción de falta de acción de la acusación particular, más se cuestionó la competencia del Tribunal de Sentencia, haciendo uso de dicho derecho, pero con planteamientos distintos, que no hizo reserva de recurrir, cuando este defecto es absoluto, que no se puede convalidar, y que al haber sido absuelto no hay agravio, para concluir con la transcripción del art. 47 del CP, acerca de la convalidación, olvidando que los Autos Supremos son obligatorios al ser vinculantes, no siendo de aplicación dicha norma sustantiva; asimismo, refiere que no existe concurso de delitos y tampoco existe conexión de procesos, pues esa norma ha sido modulada por los Autos Supremos precitados