De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis del recurso, se establece lo siguiente:
II.1. De la Sentencia
Concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia emitió la Sentencia señalando: en la fundamentación probatoria analítica o valorativa,
se estableció que el imputado Germán Vásquez Castellón al promediar las 15:00 horas habría ingresado al garaje de Edgar Jesús Fernández Villanueva donde se encontraba la pala mecánica aprovechando que éste no se encontraba, instrumento que estaba siendo reparado por el mecánico José Luis Avilés Mercado, que tampoco se encontraba, quien dejó las piezas desarmadas cerca de la pala, y al volver dio a conocer de la desaparición de la pieza, este testigo apuntó al imputado diciendo que ese día salió tarde porque esperó que los chapistas lleguen porque no tenía llave, uno de ellos le vino a decir que llegó el Sr. Vásquez y se llevó el alternador, este habría
entrado "empujando la puerta, estaba abierta, pero no estaba cerrada (asegurada)" (sic); asimismo, el testigo Juan Wilfredo Chucusea Fuertes, único testigo presencial del hecho que al encontrarse chapeando el tractor relato "yo estaba ahí dentro, escuché sonar la puerta y escuché decir gritando, donde está ese mañudo que me ha robado y le dijo que no chapee, que esa pala era de el" (sic), que la puerta estaba cerrada, sonó como cuando se empuja al abrir, y no vio quien abrió pero el Sr. Germán Vásquez apareció ahí adentro, que al estar sus ayudantes pudo ser que uno de ellos le abrió la puerta, cuando entró este señor llevaba un portafolio, quería enseñarle algún papel y no le prestó atención, permaneciendo unos cinco a diez minutos; posteriormente cuando se fue German Vásquez apareció Edgar Fernández a quien le comentó el incidente.
Después del análisis contenido en dieciocho puntos concluyó el Tribunal de sentencia que, los elementos probatorios fueron respaldados y confirmados por una cadena de indicios precisos y concordantes, que apuntan unívocamente a la conclusión de que German Vásquez Castellón es autor del delito de Allanamiento de domicilio, confirmado por la única declaración testifical de cargo así como parte de la prueba literal ingresada a juicio
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis del recurso, se establece lo siguiente:
II.1. De la Sentencia
Concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia emitió la Sentencia señalando: en la fundamentación probatoria analítica o valorativa,
se estableció que el imputado Germán Vásquez Castellón al promediar las 15:00 horas habría ingresado al garaje de Edgar Jesús Fernández Villanueva donde se encontraba la pala mecánica aprovechando que éste no se encontraba, instrumento que estaba siendo reparado por el mecánico José Luis Avilés Mercado, que tampoco se encontraba, quien dejó las piezas desarmadas cerca de la pala, y al volver dio a conocer de la desaparición de la pieza, este testigo apuntó al imputado diciendo que ese día salió tarde porque esperó que los chapistas lleguen porque no tenía llave, uno de ellos le vino a decir que llegó el Sr. Vásquez y se llevó el alternador, este habría
entrado "empujando la puerta, estaba abierta, pero no estaba cerrada (asegurada)" (sic); asimismo, el testigo Juan Wilfredo Chucusea Fuertes, único testigo presencial del hecho que al encontrarse chapeando el tractor relato "yo estaba ahí dentro, escuché sonar la puerta y escuché decir gritando, donde está ese mañudo que me ha robado y le dijo que no chapee, que esa pala era de el" (sic), que la puerta estaba cerrada, sonó como cuando se empuja al abrir, y no vio quien abrió pero el Sr. Germán Vásquez apareció ahí adentro, que al estar sus ayudantes pudo ser que uno de ellos le abrió la puerta, cuando entró este señor llevaba un portafolio, quería enseñarle algún papel y no le prestó atención, permaneciendo unos cinco a diez minutos; posteriormente cuando se fue German Vásquez apareció Edgar Fernández a quien le comentó el incidente.
Después del análisis contenido en dieciocho puntos concluyó el Tribunal de sentencia que, los elementos probatorios fueron respaldados y confirmados por una cadena de indicios precisos y concordantes, que apuntan unívocamente a la conclusión de que German Vásquez Castellón es autor del delito de Allanamiento de domicilio, confirmado por la única declaración testifical de cargo así como parte de la prueba literal ingresada a juicio
- Por memorial presentado el 26 de marzo de 2013, cursante de fs
- Mediante Auto de Vista 27 de 14 de agosto de 2012 (fs
- Desarrollada nuevamente la audiencia de juicio oral, por Sentencia 13/2012 de 9 de noviembre (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado (fs
- Del memorial de recurso de casación, interpuesto por el recurrente y del Auto Supremo 106/2013-RA
- imprecisa en cuanto a hechos, personas y circunstancias
- La afirmación del Tribunal de apelación de que se realizó una ordenada descripción de la
- Violación de derechos y garantías constitucionales previstos en los arts
- Por lo expuesto, el recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado
- Mediante Auto Supremo 106/2013-RA de 17 de abril, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- Asimismo, en la parte titulada fundamentación jurídica, por la prueba literal de cargo referente al
- Cuando se fue el imputado "salio el Sr, Chucusea, detrás de él y verificó que
- Previa radicatoria de la causa, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- En relación a la segunda denuncia, de infracción a la garantía constitucional al debido proceso,
- Notificado con tal determinación Germán Vásquez Castellón, planteó el recurso de casación (fs
- El principio de inocencia concebido como un postulado básico de todo ordenamiento jurídico procesal, implica
- Por otra parte corresponde señalar que las consecuencias jurídicas del principio de inocencia, son: el
- El principio in dubio pro reo que es un componente sustancial y tiene su fuente
- La carga de la prueba en el proceso penal corresponde a quienes acusan del ilícito,
- Asimismo el carácter excepcional de las medidas cautelares, también se funda en el principio de
- Además, es menester señalar que el pronunciamiento del fallo, es una labor efectuada únicamente por
- condena; y, cuando exista duda sobre la norma aplicada, se resuelva la situación procesal del
- En el ordenamiento jurídico boliviano, el debido proceso se encuentra reconocido en la Constitución Política
- Entonces se entenderá al debido proceso como "el derecho a la justicia lograda en un
- También el debido proceso está referido al cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales en
- Para la valoración de la prueba se conocen doctrinalmente dos sistemas probatorios; la prueba legal
- La libre valoración de las pruebas, que es el sistema que rige el proceso penal
- Al respecto, el Auto Supremo 131 de 31 de enero de 2007, estableció que: "A
- En el sistema actual, a diferencia del sistema anterior, el Juez es libre para obtener
- Establecido el ámbito de análisis en el Auto de admisión del presente recurso, corresponde a
- justificarían la anulación de la sentencia, ante la existencia de duda razonable al no haberse
- Ahora bien, para el análisis del presente recurso será preciso partir de las respuestas otorgadas
- En consecuencia, analizados los antecedentes procesales, se concluye que la primera parte de la denuncia
- Del análisis efectuado, se concluye que el Tribunal de alzada no incurrió en vulneración del
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
