Además, es necesario destacar que, de acuerdo a lo previsto por el art
Además, es necesario destacar que, de acuerdo a lo previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP, constituye defecto de la Sentencia, el hecho de que no exista fundamentación o que ésta sea insuficiente o contradictoria”
- Por memorial presentado el 15 de abril de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Mediante Auto Supremo 119/2013-RA de 7 de mayo, este Tribunal declaró Admisible el recurso de
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- Dicho recurso, mereció el pronunciamiento del Auto de Vista de 07/2013 de 15 de marzo,
- “… que el Tribunal de Casación mediante líneas jurisprudenciales a uniformado la jurisprudencia, conformando la
- Que al respecto, el Auto Supremo Nº 438 Sucre 15 de octubre de 2005 establece:
- valorar la prueba, al encontrarse en contacto directo con la producción de la misma, percibiendo
- El orden constitucional establecido en su art
- En ese sentido, esta Sala, conforme a la doctrina y jurisprudencia internacional referida al deber
- El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
- relativos a la teoría del delito que resulten aplicables; el Juez o Tribunal deberá establecer
- Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
- Además, es necesario destacar que, de acuerdo a lo previsto por el art
- Del análisis del recurso, se extractó como único agravio, la denuncia del recurrente en sentido
- Las precisiones precedentes, demuestran que el Tribunal de alzada, a tiempo de resolver el recurso
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
