Auto Supremo AS/0199/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0199/2013

Fecha: 27-May-2013

En relación al recurso de casación en el fondo y la supuesta vulneración del

En relación al recurso de casación en el fondo y la supuesta vulneración del artículo 207 del Código de Familia, 476 y 397 del Código de Procedimiento Civil, por la supuesta errónea valoración de las pruebas de cargo. Asimismo la aparente violación del artículo 375-II y 404 inc. I) del Código de Procedimiento Civil, porque las pruebas testifícales, confesión provocada habría demostrado que no es el progenitor del menor; al respecto cabe aclarar que, si de la apreciación de la prueba se trata, el recurrente debió señalar de manera precisa y diferenciada, si los juzgadores de instancia incurrieron en error de derecho o de hecho, puesto que la valoración y apreciación de la prueba constituye una atribución privativa de los juzgadores de instancia incensurable en casación. Sin embargo, en aquellas circunstancias en que el recurrente demuestre que los de instancia incurrieron en error de hecho o de derecho en la valoración de la prueba, los hechos declarados probados dejan de tener validez legal, precisamente por la existencia de uno o de ambos errores