Auto Supremo AS/0254/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0254/2013

Fecha: 15-May-2013

Bajo este contexto, se advierte que el Tribunal de Apelación pronunció el Auto de Vista

Ahora bien, es preciso señalar que el recurso de apelación, se constituye en el más importante de los recursos ordinarios, es el remedio procesal por el que se pretende que un Tribunal Superior, revoque o modifique una resolución judicial que se estima errónea en la interpretación, en la aplicación del derecho, en la apreciación de los hechos y de la prueba, ello supone una doble instancia donde el Tribunal de Apelación debe circunscribirse a examinar la decisión impugnada, sobre la base del material reunido en Primera Instancia.
Bajo este contexto, se advierte que el Tribunal de Apelación pronunció el Auto de Vista de fs. 152-153, anulando obrados hasta fs. 87, considerando que la Juez a quo a fs. 67 dispuso la citación, mediante edicto, a los representantes legales de la empresa Consorcio El Alto en aplicación estricta de los artículos 124 y 125 del Código de Procedimiento Civil, situación que en ningún momento ha sido observada por el actor, consiguientemente determinó que la mencionada orden judicial no ha sido cumplida a cabalidad por el demandante, convalidando la no aplicación del artículo 77 del Código Procesal Trabajo, sin considerar que conforme a lo previsto en los artículos 1 y 2 del Código Procesal del Trabajo, en el presente caso correspondía ser aplicada la norma laboral, por ser ésta la Ley Especial, más aun cuando a fs. 78 consta que el demandante adjuntó el edicto con el cual se citó a la parte demandada conforme lo previsto por el artículo 77 del Código Procesal del Trabajo, luego de una búsqueda morosa de su domicilio