Auto Supremo AS/0254/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0254/2013

Fecha: 15-May-2013

En conclusión, se establece que el Tribunal de Apelación al haber anulado obrados hasta fs

En conclusión, se establece que el Tribunal de Apelación al haber anulado obrados hasta fs. 87, no analizó correctamente menos consideró adecuadamente los antecedentes del proceso, evitando ingresar a resolver el fondo de la causa, incumpliendo así con lo dispuesto en los artículos 192, 236 del Código de Procedimiento Civil y 202 del Código Procesal del Trabajo, normas procesales que son de orden público y cumplimiento obligatorio conforme instituye el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil