Auto Supremo AS/0258/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0258/2013

Fecha: 15-May-2013

Según lo anotado, no se visualiza interpretación errónea de las normas aludidas precedentemente

Asimismo, en este punto corresponde indicar que la interpretación errónea acusada de los artículos 198 del Código de Seguridad Social y 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, resulta indebida e impertinente, porque no prevén ningún parámetro sobre la facultad revisora que tiene el SENASIR, - supuestamente vulnerado por el Tribunal de Apelación; sino que regulan aspectos inherentes a los registros y documentos de los asegurados y beneficiarios, así como la utilización de documentos que cursan en el expediente en caso de inexistencia de planillas y comprobantes de pago en los archivos del SENASIR por el período comprendido entre enero de 1957 y abril de 1997.
Según lo anotado, no se visualiza interpretación errónea de las normas aludidas precedentemente