Manifestó que la anulación de obrados dispuesta, hace que los derechos de los trabajadores, sean
Manifestó que la anulación de obrados dispuesta, hace que los derechos de los trabajadores, sean dejados de lado y omitidos por las autoridades recurridas, tomando en cuenta que la resolución de las excepciones ha sido objeto de apelación y que fue resuelta por el tribunal, extrañando que se pretenda borrar dicho actuado al amparo del artículo 17 de la Ley del Órgano Judicial, situación que, señaló, no puede ser convalidada al no guardar relación entre lo señalado en el auto ahora impugnado con relación a la apelación ya resuelta sobre el mismo argumento; es decir en relación a la conexitud de la causa
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- Sin multa por ser excusable
- Por secretaría cúmplase con lo previsto por el artículo 17
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
