Auto Supremo AS/0283/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0283/2013

Fecha: 04-Jun-2013

================================================= VISTOS: El recurso de casación en el

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 283
Sucre, 04/06/2013
Expediente: 82/2013-S
Distrito: Cochabamba
Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán
================================================= VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 143-144 interpuesto por Jorge Eduardo Salinas Aguila en representación Jean Pierre Hirmas Jacobs contra el Auto de Vista Nº 091/2012 emitido el 6 de junio (fs. 139-140) por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro el proceso social seguido por el recurrente contra la Empresa BUGGY AUTOMOTORES; el Auto que concedió el recurso de fs. 147; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Cochabamba, emitió la Sentencia de 13 de noviembre de 2009 (fs. 114-122), declarando probada en parte la demanda de fs. 2-5 e improbadas las excepciones perentorias de prescripción y pago documentado de fs. 33-36, ordenando que la empresa demandada BUGGY MOTORS representada por Enrique Rodolfo Córdova Soria, pague en favor del demandante dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia el monto de Bs. 9.648,87.- por los dos periodos trabajados entre el año 2004 y 2007