Auto Supremo AS/0311/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2013

Fecha: 14-Jun-2013

Asimismo, resulta pertinente resaltar que la motivación de las resoluciones judiciales se constituye en un

Asimismo, resulta pertinente resaltar que la motivación de las resoluciones judiciales se constituye en un deber jurídico que hace al debido proceso, implicando que todo ministrador de justicia al resolver una causa debe inexcusablemente exponer los hechos, efectuar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma, ello encuentra también respaldo en la Sentencia Constitucional Plurinacional 0092/2012 de 19 de abril de 2012, cuyo Fundamento Jurídico III. 2. estableció: “…La motivación de las resoluciones es un requisito elemental del derecho al debido proceso, conforme se encuentra establecido en la SC 1057/2011-R de 1 de julio, refiere que:…las resoluciones que emiten las autoridades judiciales, deben exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de esas resoluciones, exigencia que se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación o casación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades inferiores…”