Auto Supremo AS/0306/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0306/2013

Fecha: 08-Jul-2013

Todas estas apreciaciones vertidas por el Tribunal de Alzada, dan cuenta de la existencia de


Todas estas apreciaciones vertidas por el Tribunal de Alzada, dan cuenta de la existencia de uno de los presupuestos requeridos para la aplicación del artículo citado, la acción consistente en la “disposición indebida de bienes del Estado,” sin embargo, en cuanto al segundo presupuesto la existencia de un daño valuable en dinero causado al Estado, no ha sido acreditado como resultado o producto emergente de la acción señalada, situación que indiscutiblemente imposibilita atribuirle responsabilidad civil por la aplicación distinta de los fondos destinados al Proyecto “Dique Seco Flotante de Guayaramerin” (Nota de Cargo No. 03/2008) y el traspaso de fondos de las cuentas corrientes bancarias de los proyectos “Dique Seco Flotante en Guayaramerin” y “Complejo Portuario”, a cuentas corrientes de la propia entidad con fines diferentes (Nota de Cargo No. 04/2008)