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    Auto Supremo AS/0328/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0328/2013

    Fecha: 17-Jul-2013

    REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE


    MAGISTRADA RELATORA: Dra. Carmen Nuñez Villegas

    REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primera de Partido de Trabajo y
    • Señala que en primer término, acusa la errónea valoración e interpretación, así como indebida aplicación
    • Manifiesta que igualmente se violó el artículo 19 de la Ley General del Trabajo, ya
    • Expresa que a efecto de evitar que los actores incurran en enriquecimiento ilegítimo, previsto en
    • Adicionalmente indica que corresponde acusar la nulidad del fallo objeto del presente recurso, ya que
    • CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fojas 574 a
    • En relación con la supuesta violación del artículo 19 de la Ley General del Trabajo,
    • Continuando con lo señalado en el párrafo anterior, el artículo 267 del Código de Procedimiento
    • En cuanto a la infracción de normas de orden público como señala la demandada, debe
    • Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
    • REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
    • 1 ORTIZ MATTOS Pastor, El Recurso de Casación en Bolivia, Editorial Judicial, Sucre, 1997, p

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