Auto Supremo AS/0009/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0009/2013

Fecha: 14-Ago-2013

Por otro lado refiere errónea apreciación de las horas trabajadas diariamente, negándole el cobró de

Por otro lado refiere errónea apreciación de las horas trabajadas diariamente, negándole el cobró de 3 horas extraordinarias diarias, ya que trabajaba desde horas 6:00 a.m. hasta horas 21:00 p.m. inclusive, extremo corroborado por la prueba testifical producida, y el incumplimiento de la parte demandada a la conminatoria de presentar los libros de registro especial de horas extraordinarias, conforme lo establece el artículo 41 del Reglamento de la Ley General del Trabajo