POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal
POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia de Estado Plurinacional de Bolivia, en aplicación de los artículos 42 numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial y 419 del Código de Procedimiento Penal, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista Nro. 23 emitido el 17 de junio de 2013 por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija (fs. 157 a 159), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular de Adela Rodríguez Espinoza contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de hurto, previsto y sancionado por el artículo 326 del Código Penal; y dispone que la indicada Sala Penal pronuncie nueva resolución de vista de acuerdo a la doctrina legal aplicable señalada precedentemente y las normas constitucionales y legales previstas para el caso concreto
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Luciano
- Sustanciado el juicio, el Tribunal de Sentencia Nro
- Dicha Sentencia fue recurrida en apelación por el procesado Luciano Felipez Tintaya (fs
- Que analizado el referido recurso de casación, fue admitido conforme a los argumentos descritos en
- Tercer Motivo: EL AUTO DE VISTA NRO
- En relación al segundo agravio del recurso de
- Sobre el mismo acápite, también acusa que
- Accionar del Tribunal de Alzada que vulnera el
- Concluye pidiendo se deje sin efecto el Auto
- A ese efecto, debe considerarse que la doctrina legal invocada, contenida en el Auto Supremo
- Al respecto, es menester destacar que la parte de la doctrina legal establecida en el
- En autos, en el primer motivo del recurso de casación de fojas 219 a 227,
- El debido proceso, es un principio legal por el cual toda persona tiene derecho a
- El derecho a la defensa, constituye uno de los elementos esenciales de la garantía jurisdiccional
- En ese sentido, se vulnera el derecho a la defensa, en el marco de la
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal
- En aplicación del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, remítase copias legalizadas del presente
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
