Ante esa situación, la nueva Constitución Política del Estado ha incorporado en su texto el
Ante esa situación, la nueva Constitución Política del Estado ha incorporado en su texto el tema de la vivienda como un derecho humano fundamental (art. 19) asignando las competencias para su atención a las distintas instancias gubernamentales conforme lo establecen los arts. 298.II num. 36) y 299.II num. 15), dentro de ese contexto legal se ha emitido la Ley Nº 247 de Regularización de Derecho Propietario de Bienes Urbanos destinados a vivienda de 5 de junio de 2012, la misma que sin derogar el alcance del art. 138 del Código Civil, establece reglas y parámetros técnicos para que los beneficiarios puedan regularizar su derecho propietario de inmuebles urbanos destinados exclusivamente a vivienda, incorporando un trámite especial de carácter sumario
- Distrito: Potosí
- CONSIDERANDO II
- Refiere que no se tomó en cuenta la naturaleza jurídica de la competencia prevista en
- En base a esos antecedentes interponen recurso de casación en la forma y en el
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Como antecedente debemos indicar que en Bolivia el proceso de regularización del derecho propietario urbano
- Ante esa situación, la nueva Constitución Política del Estado ha incorporado en su texto el
- En su art
- En cambio, la Usucapión instituida en los arts
- Sin embargo el Juez A quo, niega la admisión de la demanda de Usucapión bajo
- Por lo anterior, corresponde resolver el caso en cuestión, conforme señala los arts
- No siendo excusable el error se impone a los Vocales suscribientes multa de un día
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
- Libro Tomas de Razón: Quinto
