Auto Supremo AS/0423/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0423/2013

Fecha: 30-Ago-2013

En la especie, los recurrentes no cumplieron con la carga procesal anteriormente descrita, que si

En la especie, los recurrentes no cumplieron con la carga procesal anteriormente descrita, que si bien anuncian como causales los numerales 1), 2) y 3) del artículo 253 y transgresión de los artículos 190 y 192 -2) todos del Código de Procedimiento Civil, relacionándolos con una mala valoración de los medios probatorios, sin especificar si esta mala valoración se ha debido a errores de hecho o derecho en la apreciación de la prueba, y siendo así la recurrente estaba obligada especificar en el primer caso, los medios probatorios, que aportados a obrados, el juzgador no le dio la tasa legal que la ley le otorga, y en el segundo caso, a demostrar objetivamente el error manifiesto en el que hubiera incurrido el juzgador, habida cuenta que la apreciación y valoración de la prueba es incensurable en casación, además éste último debe de evidenciarse por documentos o actos auténticos, aspecto que no ha ocurrido en el presente caso