Finalmente, cabe mencionar que siendo éste un recurso en la forma, no es considerable aquellas
Finalmente, cabe mencionar que siendo éste un recurso en la forma, no es considerable aquellas alegaciones sobre el fondo del derecho debatido, como ha inserto el recurrente. Por lo manifestado, los agravios denunciados no son gravitantes para imprimir la nulidad pretendida, por lo cual se declara infundado
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II
- En la forma
- Se cuestiona el Poder Notariado de fs
- Se acusa violación del art
- En la forma argumenta que el objeto de la acción consiste en que su persona
- En el recurso en la forma solicita que previa compulsa de lo fundamentado y
- En el fondo
- Señala que en su demanda se ofreció como prueba el recibo original de fs
- Finalmente pide se sirvan concederle el recurso en el fondo y se dicte Resolución anulando
- Es por ello que para compulsar las formas en el proceso los principios procesales juegan
- Principio de Trascendencia
- En otras palabras, no todo vicio ni toda irregularidad ocurrida en el proceso reviste relevancia
- En virtud al principio de trascendencia debe tenerse en cuenta el perjuicio que el acto
- Principio de finalidad del acto procesal
- Principio de Convalidación
- Este principio impone el deber de diligencia a las partes a fin de no ser
- Sobre la violación del art
- Finalmente, cabe mencionar que siendo éste un recurso en la forma, no es considerable aquellas
- En el caso en concreto, el recurrente alega una aplicación indebida del art
- Sobre lo manifestado, debemos señalar que el depositario tiene la obligación de conservar el dinero
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón: Quinto
